jueves, 9 de diciembre de 2010

JORNADA DE LOS SERVICIOS DE GUARDIA DURANTE LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE

Los días 24 y 31 de diciembre las oficinas judiciales permanecerán cerradas, con excepción de los servicios de guardia, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y sin excluir órganos y servicios que tuvieren que ser atendidos dichos días.

Los funcionarios que los citados, 24 y 31 de diciembre, se encuentren prestando servicio de guardia, disfrutarán con posterioridad y antes del 15 de enero de 2011, de uno o dos días de descanso, según le corresponda.