lunes, 17 de agosto de 2009

Contribuciones del Plan de Pensiones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias correspondientes al ejercicio 2009.

BOC 17 DE AGOSTO
Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 14 de julio de 2009, por la que se hacen públicas las contribuciones del Plan de Pensiones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias correspondientes al ejercicio 2009.

La contribución individual que corresponde a cada partícipe con una jornada a tiempo completo, será de 154,89 euros, para el año 2009. Para el personal a tiempo parcial, la cuantía individual se ha ponderado en función de su dedicación respecto al personal a tiempo completo. El personal discontinuo percibirá las contribuciones de forma proporcional al tiempo efectivamente prestado.
Los nuevos partícipes del ejercicio 2009 que cumplan los requisitos establecidos en las Especificaciones, tendrán derecho a la contribución correspondiente al año 2007, por un importe de 68,51 euros y de 140,59 euros por el año 2008. Para el personal a tiempo parcial, dicha cuantía individual se ponderará en función de su dedicación respecto al personal a tiempo completo. El personal discontinuo percibirá las contribuciones de forma proporcional al tiempo efectivamente prestado.

La incorporación de los nuevos partícipes del ejercicio 2009 se realiza de manera automática al Plan de Pensiones, de acuerdo con el artículo 12 de las Especificaciones, y con el artículo 9.4, párrafo segundo, del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, y sin perjuicio de lo indicado en el punto siguiente.

Si algún potencial partícipe decidiera no formar parte del presente Plan de Pensiones deberá comunicar su renuncia por escrito a la Dirección General de la Función Pública antes del plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo establecido en el artículo 12 de las Especificaciones. La renuncia a formar parte del Plan de Pensiones supondrá la pérdida del derecho a que las Entidades Promotoras del presente Plan de Pensiones efectúen contribuciones a su favor, sin que el importe de tales contribuciones pueda percibirse como salario directo. El modelo de renuncia al Plan de Pensiones podrá descargarse en la página web http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp.
Los partícipes podrán consultar la contribución individual al Plan de Pensiones, correspondiente al ejercicio 2009, a través de la página web http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp.