jueves, 24 de septiembre de 2020

DÍA DE COMPENSACIÓN 2020 POR COINCIDENCIA EN SÁBADO DE FESTIVIDADES DE CARÁCTER NACIONAL

 Recordamos durante el presente año pueden disfrutar de un día adicional de permiso por coincidencia en sábado de festividades de carácter nacional, por coincidir el 15 de agosto en sábado, de acuerdo con lo establecido en la RESOLUCIÓN DE LADIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAPOR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE JORNADA Y HORARIO, Y SEAPRUEBA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2020 DEL PERSONAL ALSERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN CANARIAS

. Coincidencia en sábado de festividades de carácter nacional

Tal como dispone el apartado 9.8 de la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del de trabajo y lo permitan las necesidades del servicio “los calendarios laborales incorporarán cada año natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año. Por resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública y con anterioridad al día 31 de enero de cada año se determinará, cuando proceda, la incorporación de los días de permiso a que se refiere este apartado y se establecerán las instrucciones que, en esta materia, deben respetar los citados calendarios laborales. ”

Dicho día de permiso, se podrá disfrutar a lo largo de cada año natural, y atendiendo a las necesidades del servicio,de forma individual o acumularse tanto a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente como a los días por asuntos particulares de cada ejercicio.