PERSONAL DE JUSTICIA
- Se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para que jueces y fiscales tengan los mismos ajustes que el resto de funcionarios. La modificación establece que jueces, magistrados y fiscales, al igual que los secretarios judiciales y los funcionarios, pasarán a percibir una paga extraordinaria al año, y que disfrutarán de un máximo de tres días de permiso en el año natural.
- Jueces, magistrados y fiscales tendrán derecho a disfrutar como mínimo cada año natural de 22 días hábiles, más un día hábil más al cumplir veinte, veinticinco y treinta años de servicio.
- Las licencias por enfermedad hasta el sexto mes de jueces y fiscales se regularán según lo dispuesto en el Real Decreto Ley aprobado y, en el caso de los funcionarios, se les aplicarán análogas medidas a las previstas para el resto del sector público en materia de prestaciones económicas en situación de incapacidad temporal.
FUENTE: CONSEJO MINISTROS 13 DE JULIO