lunes, 16 de julio de 2012

JUSTICIA:INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica complementaria del Real Decreto Ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.


PERSONAL DE JUSTICIA
  • Se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para que jueces y fiscales tengan los mismos ajustes que el resto de funcionarios. La modificación establece que jueces, magistrados y fiscales, al igual que los secretarios judiciales y los funcionarios, pasarán a percibir una paga extraordinaria al año, y que disfrutarán de un máximo de tres días de permiso en el año natural.
  • Jueces, magistrados y fiscales tendrán derecho a disfrutar como mínimo cada año natural de 22 días hábiles, más un día hábil más al cumplir veinte, veinticinco y treinta años de servicio.
  • Las licencias por enfermedad hasta el sexto mes de jueces y fiscales se regularán según lo dispuesto en el Real Decreto Ley aprobado y, en el caso de los funcionarios, se les aplicarán análogas medidas a las previstas para el resto del sector público en materia de prestaciones económicas en situación de incapacidad temporal.