Se ha publicado resolución del Gerente de la Mutualidad General Judicial de fecha 23 de diciembre de 2021, sobre el reconocimiento del subsidio por incapacidad temporal previsto en el artículo 86.b) del Reglamento del mutualismo judicial aprobado por Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, que adjuntamos.
Se establece en la misma que desde el 01 de enero de 2022, se reconocerá de oficio el derecho de los y las mutualistas al subsidio por incapacidad temporal previsto en el artículo 86.b) del Reglamento del Mutualismo Judicial, desde el séptimo mes en que se encuentren en situación de incapacidad temporal y sin necesidad de petición expresa por los/as interesados/as.