VACACIONES
Las
vacaciones se disfrutarán dentro del año
natural y hasta el 31 de enero de 2017, en períodos mínimos de 5
días hábiles consecutivos.
Siempre que las necesidades del servicio
lo permitan, de los días de vacaciones previstos, se podrá solicitar el
disfrute independiente de hasta 7 días hábiles por año natural. Estos siete
días de disfrute independiente se podrán acumular a los días por asuntos
particulares.
PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES
Los días
de permiso por asuntos particulares se podrán disfrutar hasta el 31
de enero de 2017.
PERMISO POR LA COINCIDENCIA EN SÁBADO DE LOS DÍAS 24 Y 31 DE
DICIEMBRE
Los dos días
más de permiso
adicional, por la
coincidencia en sábado de los días 24 y 31 de diciembre de 2016, se
podrán disfrutar desde el 12 de diciembre de 2016 hasta el 31 de enero de 2017.
Sin
perjuicio del régimen general de permisos, al coincidir los días 24 y 31 de
diciembre de sábado, los empleados públicos que presten servicios de guardias
esos días tendrán derecho a ser compensados con un día adicional de permiso por
cada unos de esos indicados días.
Los días de permiso por asuntos
particulares, así como los dos días
de permiso por la coincidencia en sábado de los días 24 y 31 de diciembre de
2016, podrán acumularse a los 7 días de vacaciones que se pueden disfrutar de
forma independiente, siempre y cuando las necesidades de servicio lo permitan.