El domingo 2 de octubre de 2016 entró en vigor parcialmente
la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas que, entre otras novedades, considera a efectos
administrativos inhábiles los sábados (artículo 30, apartado 2).
Así pues, a
partir del 2 de octubre de 2016 y para cualquier procedimiento administrativo,
cuando los plazos se determinen en días, se entenderá que estos son hábiles,
excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.