¿QUÉ OCURRE CUANDO LOS BENEFICIARIOS INICIAN UNA ACTIVIDAD LABORAL?
A lo largo de este ejercicio, se ha detectado una cierta inquietud por parte de los mutualistas cuando sus beneficiarios comienzan una actividad laboral, ante sus dudas por las consecuencias que esta circunstancia tiene en relación con el derecho a continuar incluidos en la Mugeju.
En la revista MUGEJU 2012, como medio de difusión que llega a todos nuestros mutualistas, se señalan una serie de puntualizaciones de carácter muy general referentes a estos supuestos y, por otra parte, dar a conocer el criterio de actuación que aplica la Mutualidad en los casos en los que se produce una baja del beneficiario por duplicidad de la asistencia sanitaria.
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