lunes, 30 de diciembre de 2013

Periodo de disfrute del 4º día de permiso correspondiente al año 2013

La DGRAJ  ha  dictado una resolución por la que se dictan instrucciones  para la aplicación  en el ámbito del personal de al servicio de la administración de Justicia en  Canarias, de la modificación del apartado k) del artículo 48 de la ley 7/200,de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público, por la que disposición adicional cuarta  de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial del sector publico  incrementando en uno el número de días de permiso por asuntos particulares  a los que tiene de derecho   los funcionarios públicos, por la que    el  disfrute del día adicional de permiso  para el  año 2013 se podrá disfrutar, con carácter excepcional, hasta el 31 de enero de 2015.