martes, 28 de julio de 2015

INTESINDICAL CANARIA SOLICITA UN PLAN FORMACIÓN URGENTE SOBRE LAS REFORMAS LEGISLATIVAS

INTERSINDICAL CANARIA  ha presentado escrito  solicitando  un plan de formación urgente sobre las reformas legislativas publicado reformas legislativas de gran calado, que afecta  al funcionamiento diario de los órganos judiciales, que a continuación relacionamos:
  • Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.(BOE 22 de julio de 2015)
  • Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE 23 de julio de 2015)
  • Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil. .(BOE 14 de julio de 2015)
  • Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. .(BOE 3 de julio de 2015)
  • Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.(BOE 31 de marzo de 2015)
  • Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.( BOE 31 de marzo de 2015)
Algunas de  ellas  están en vigor, y  las otras entraran próximamente.

Queremos recordar a la Administración que actualmente están en trámite parlamentario  la ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley  de Enjuiciamiento Civil.

El articulo Noventa y dos  de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.(BOE 22 de julio de 2015) establece en apartado 1. d  que "los funcionarios tendrá derecho recibir por parte de la Administración la formación necesaria, inicial y continuada, con el fin de mejorar sus capacidades profesionales de forma que les permita una mejor y más pronta adaptación a sus puestos de trabajo y les posibilite su promoción profesional.
Con el fin de asegurar la homogeneidad y que las acciones formativas que se establezcan por las distintas Administraciones públicas competentes en materia de gestión de personal no representen obstáculos en la promoción y en la movilidad del personal al servicio de la Administración de Justicia en el territorio del Estado, se adoptarán medidas de coordinación y homologación en materia de formación continua."