viernes, 24 de enero de 2025

CONCURSO DE TRASLADOS 2024: Publicada en el BOE la convocatoria del concurso de traslados de Gestión, Tramitación y Auxilio

 -Se acorta el plazo para presentar solicitudes: 7 días


-No habrá resolución provisional. Directamente la definitiva. (ES UNA BARBARIDAD DADO QUE SIEMPRE HAY ERRORES)

-Solo se podrá renunciar durante la fase de presentación de solicitudes y en los 10 días hábiles siguientes.

-Se computará la antigüedad como interino, pero no la de sustituciones.

Boletín Oficial del Estado: viernes 24 de enero de 2025, Núm. 21

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia

Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Cuarta. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
PLAZO: Siete días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado»

El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta orden, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de los apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por los medios indicados en el punto 7 de la presente base.

1. Anexo II. Recuadro V-1: El personal funcionario destinado definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como el que se encuentre en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas, rellenará su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.

2. Anexo II. Recuadro V-2: El personal funcionario destinado en puestos de trabajo de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones que se encuentren en excedencia del artículo 506. d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que desee solicitar plazas ofertadas en el presente concurso, rellenará su solicitud, señalando el recuadro V-2 del anexo II, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.

3. Anexo II. Recuadro V-3: Las funcionarias y los funcionarios solicitantes que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

– Excedencia voluntaria por agrupación familiar o por interés particular.

– Adscripción provisional por haber reingresado desde la situación de suspensión definitiva.

– Adscripción provisional por haber reingresado al haber sido rehabilitados/as.

– Adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo que no tengan reserva de puesto de trabajo.

– Adscripción provisional por cese o renuncia de un puesto obtenido por libre designación o por haber renunciado a un puesto obtenido por concurso específico.

– Adscripción provisional por haber reingresado al haber cesado como letrada sustituta o letrado sustituto.

– Aquel personal funcionario incurso en reordenación de efectivos del artículo 52.c) del Real Decreto 249/96, de 16 de febrero, o en reasignación forzosa del artículo 67 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Rellenarán su solicitud, señalando el recuadro V-3 del anexo II, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.

4. El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés particular acompañará a su solicitud la documentación acreditativa de su pase a dicha situación, y la declaración jurada de no haber sido separado de cualquiera de las Administraciones Públicas, ambas en un mismo documento en formato PDF.

El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público según el artículo 506 d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá acompañar a su solicitud de participación en el concurso una declaración jurada de no encontrarse en situación de suspensión firme de funciones.

5. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias que simultáneamente a ésta se realicen por los Gobiernos Autónomos y se publiquen, así mismo, en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas respectivas.

Del mismo modo mediante una única instancia, deberán optar por participar desde el cuerpo en que la persona concursante se encuentre en activo, o reingresar al servicio activo en otro cuerpo del que formen parte como funcionaria o funcionario excedente. En caso de presentar dos instancias solicitando destinos en dos Cuerpos/Escalas distintos, serán anuladas las dos solicitudes, quedando, por tanto, la persona interesada excluida de la participación en el concurso.

Si alguna persona concursante desea rectificar una instancia ya presentada, podrá rellenar y presentar una nueva solicitud, para el mismo Cuerpo/Escala en el que participaba, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la entregada anteriormente, según lo indicado en el punto 7 de la presente base.

6. Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias se podrá renunciar a la participación en el concurso exclusivamente durante los diez días hábiles subsiguientes, según lo indicado en la base primera, punto 7.

7. Mecanismo de confección y presentación de las solicitudes.

A) Confección de las solicitudes.

Todas las solicitudes de los modelos V1, V2 y V3 se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción.

Todas las personas interesadas que participen en el presente concurso de traslados entre funcionarias y funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, a nivel nacional, deberán de rellenar la solicitud por medios telemáticos entrando en la página web del Ministerio de Justicia, en la siguiente dirección: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/concursos-traslados/Concurso de traslados ordinario Gestión Tramitación y Auxilio 2024.

Una vez que hayan entrado en dicha página pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre «G.T.A. Concurso de traslados», entrarán en el Asistente de Inscripción y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando, debiendo consultar el Manual del Asistente de Inscripción Web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda pueden ponerse en contacto a través del buzón: asistente.concurso.gta@mju.es.

Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los datos grabados por la persona concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.

Las personas concursantes, previamente a la entrada en el Asistente de Inscripción, deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:

– DNI electrónico.

– Certificado digital.

– Cl@ve Pin 24 h.

– Cl@ve permanente.

B) Presentación de las solicitudes.

El presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Todas las personas concursantes de ámbito nacional con modelo de instancia V1, V2 o V3, grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el Manual del Asistente de Inscripción.

Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:

– No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato papel.

– El uso del Asistente de Inscripción ya no es sólo para confeccionar la instancia, sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la instancia en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.

– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través del Asistente de Inscripción.

– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que sólo tendrá validez en el concurso la última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera instancia, cada nueva acción realizada (Nueva instancia grabada y confirmada, o renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.

– Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los casos en los que se requiera.

– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción.

C) Renuncias.

Durante el plazo de presentación de instancias, las funcionarias y los funcionarios participantes podrán presentar cuantas instancias crean oportuno, así como renunciar a la participación en concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado en el punto B, la última acción realizada.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la participación en el concurso, según lo indicado en la base primera, punto 7, durante los diez días hábiles subsiguientes a la terminación de dicho plazo, pero no se podrá realizar a través del Asistente de Inscripción, pues ya estará cerrado a modificaciones, por lo que enviarán firmado y escaneado el anexo IV (Modelo de alegaciones), a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, y se confirmará su recepción a través de un mensaje de respuesta con la palabra «Recibido». En caso de que no tengan constancia de dicha respuesta deberán enviarlo nuevamente.

Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto» RENUNCIA, en un único fichero, el cual tendrá la denominación de apellidos, nombre, NIF y modelo de instancia de la persona interesada con el siguiente formato PEREZ PEREZ_LUIS_00000000K_ V1.

Quinta. Peticiones condicionadas.

Caso de estar interesadas en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos personas concursantes del mismo o distinto Cuerpo/Escala, podrán condicionar su petición al hecho de que ambas obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambas. Las funcionarias y los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona. Si alguna de las personas concursantes no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.

Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.

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