La Dirección
General ha remitido a las centrales sindicales con representación en
la Mesa Sectorial de Justicia, la RESOLUCIÓN RELATIVA A LA JUSTIFICACIÓN DE
ACTUACIONES REALIZADAS FUERA DE LA SEDE JUDICIAL DENTRO DEL SISTEMA DE CONTROL
DEL CUMPLIMIENTO DEL HORARIO DEL PERSONAL ENCARGADO DE REALIZAR ACTOS DE
COMUNICACIÓN Y OTROS A REALIZAR FUERA DE LA SEDE JUDICIAL DE LOS SERVICIOS
COMUNES DE ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y LAS
PALMAS DE GRAN CANARIA, en dicha resolución se establece lo siguiente:
Primero: Los funcionarios del Servicio Común de Actos de
Comunicación y Ejecución de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria
cuando realicen actuaciones fuera de la sede judicial, consideradas comisión de
servicios por desplazamientos dentro del término municipal por razón del
servicio, y sea imposible cumplir con la obligación de formalizar, mediante la
huella dactilar, la entrada y la salida de su centro de trabajo o la salida al
final de la jornada deberán generar en la aplicación SICHO la incidencia “comisión
de servicios”, donde se recoja la hora de inicio y fin de la misma, que deberá
ser validada por el responsable funcional correspondiente en la misma
aplicación o por escrito con periodicidad semanal.
Segundo.-
Los Letrados de la Administración de Justicia de cada Servicio Común
de actos de Comunicación y Ejecución, valorarán si los funcionarios que tengan
que realizar diligencias fuera de la sede judicial, tienen que volver a su
puesto de trabajo con la documentación de la diligencia entregada. Si debido a
la complejidad y distancia donde se realiza la diligencia, considerasen viable
el hecho de no volver a su puesto de trabajo, el funcionario, a través de la aplicación
de fichaje SICHO, utilizando la opción “comisión de servicios”, realizará el fichaje,
computándose como tiempo efectivo de trabajo el de una jornada ordinaria
diaria, salvo que se valide por el Letrado su finalización posterior,
computándose en ese caso como tiempo trabajo que excede de la jornada semanal.
Este hecho será informado por el responsable funcional en la misma aplicación
SICHO o por escrito con periodicidad semanal.
Tercero.-
Los efectos de la presente resolución se producirán a partir del día 7
de noviembre de 2016