miércoles, 21 de septiembre de 2016

TJUE: Derecho de los trabajadores eventuales a una indemnización por fin de su contrato

La exclusión de los contratos de interinidad y de los contratos formativos del derecho a recibir una indemnización a la finalización del contrato (artículo 49, apartado 1, letra c), ET), carece, desde la perspectiva del Derecho comunitario, de una razón objetiva que permita justificarla.
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