La Mesa Sectorial celebrada el
día de ayer, tenía como puntos, la información
sobre las convocatorias de concursos de puestos genéricos y singularizados de
Médicos Forenses los acuerdos sobre los criterios de nombramientos y ceses de
médicos Forenses interinos tras la resolución de los concursos, Los acuerdos
sobre cambios de destinos de funcionarios titulares por razones de salud, La
propuesta de modificación del catálogo de enfermedades para trasladar a la
Dirección General de Modernización y calidad de los servicios, ruegos y
preguntas, aparte de la aprobación de las actas anteriores.
Aprobadas las actas, se acuerda
dar un plazo, hasta el próximo 31 de mayo, para presentar por escrito
alegaciones a la resolución de la D.G.R.A.J. al concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajos
singularizados de Médicos Forenses en los I.M.L. de Canarias, desde INTERSINDICAL CANARIA hemos querido
dejar claro, que sin perjuicio de las alegaciones que formulemos derivadas del
estudio del borrador trasladado, no pueden existir en ningún caso el derecho a
reservas de plazas, ya que los funcionarios “de libre designación o en puestos
específicos” una vez cesados o renunciado al puesto serán adscritos provisionalmente,
en tanto no obtengan otro puesto con carácter definitivo, a puesto en su cuerpo
y dentro del mismo municipio, por lo que al entender de este sindicato
reservarse la plaza que venían ocupando y que las comisiones de servicio están
ya reguladas, con los mismos criterios que al resto de los funcionarios de
justicia.
Relacionado con lo anterior pero
como punto diferenciado, se trato del cese
de Forenses en interinidad, una vez resuelto los concursos, tema que
también está regulado, en este caso en la Bolsa de Interinos de Canarias del
año, 2009 y que ha de ceñirse a criterios de antigüedad en la administración de
justicia en primer lugar y en el órgano en el caso de existir empate, planteada
la posibilidad de arbitrar un “nombramiento único”, que no haga diferencias
respecto al nombramiento, bien sea por vacante, comisión de servicio, refuerzo,
etc. INTERSINDICAL CANARIA, por un
lado quiere decir, que no era la mesa para tratarlo que en su caso tendría que
hablarse en la Mesa que se convoque para tratar la Bolsa de Interinos y que
desde luego no estamos por negociar una regulación diferenciada para el
personal de los I.M.L, distinta a la del resto de personal interino de
justicia.
El punto cuarto, enunciado
como “Acuerdo de cambio de destinos de
funcionarios titulares por razones de salud, con posible cese de
funcionarios interinos en plaza vacante”, desde este sindicato, siendo
especialmente sensibles con las distintas situaciones que se pueden dar en los
órganos jurisdiccionales, que afectan a la salud de los trabajadores sin
distinción de su tipo de nombramiento, queremos dejar claro, que la preferencia
en la obtención de comisiones de servicio por motivos de salud esta ya regulada
y se viene aplicando, por otro lado que el personal interino, cesa con la
efectiva incorporación del titular del puesto y que si esta se difiere, también
se difiere el cese hasta la toma de posesión, un principio de seguridad
jurídica que desde INTERSINDICAL CANARIA considera acertado, aparte de no
entender el porque se circunscribe a la interinidad la interpretación de
“vacante”, que suele confundirse con desierta, interpretación , INTERSINDICAL
CANARIA, ya solicito en su momento que “cualquier cese o cambio por motivos de
salud, tanto del personal titular como interino” que se produzca ha de ser
llevado ante el Comité de Seguridad y Salud, a fin de averiguar las causas que
han concurrido para que se produzca, y decimos lo de cese o cambio, porque no
olvidemos que al interino no se le cambia de puesto de trabajo, cesa en su puesto
y se va “al paro” a espera de nuevo nombramiento, que ya que estamos también es
difícilmente digerible que sea el afectado el que ha de asumir las
consecuencias del hecho.
El punto 5ª se refería a la
propuesta de modificación del célebre catalogo
de enfermedades, aunque en principio pueda parecer que existen dos
opciones, una de negociación en Mesa Sectorial de Justicia a fin de avanzar en
la homogeneización de todo el colectivo judicial a nivel estatal y otra de
negociación en la Mesa General de Empleados Públicos en el mismo sentido que la
anterior pero respecto al personal adscrito a la Comunidad Autónoma Canaria, a
la hora de la verdad solo existe una, ya que para tener un catalogo exclusivo
para el personal de la justicia canaria, habría que reformar la normativa
autonómica, que tal como esta no lo permite, para ello hace falta una voluntad
política de afrontar esta reforma que en este momento no existe, decantándose
la administración por una norma única para todo el personal dependiente de la
comunidad, por ello desde INTERSINDICAL CANARIA, sindicato con representación
en ambas mesas se afrontara la negociación con vistas a que desde el catalogo
que emane un documento que permita recuperar derechos y en el que han de estar
incluidos obligatoriamente las de los anexos I y III de la orden SSI/445/2015
de 2015, las que deriven de las intervenciones quirúrgicas inscrita en la
cartera básica de servicios (R.D. 1030/2006), las del catalogo de enfermedades
graves (R.D. 1148/2011) y otras muchas enfermedades y casos diversos recogidos
en las diferentes normativas que ya hemos trasladado a la Dirección General de
Modernización y Calidad de los Servicios por escrito de fecha 24 de noviembre
de 2015, INTERSINDICAL CANARIA, afrontara este negociación de especial importancia
para el colectivo con honestidad y franqueza, pero no va a mercadear con la
salud de los trabajadores, esto no puede ser un toma y dame, pues de lo que
aquí se trata es que enfermar no es un derecho ni una obligación, es un
situación objetiva que no puede estar penalizada.
RUEGOS Y PREGUNTAS:
1ª. Desplazamientos a las Islas no capitalinas, hasta hace poco se concedía un día de libranza
por pernoctación cuando había que desplazarse a celebrar juicio fuera de la
isla, pues bien “ahora no”, el criterio es de un solo día por desplazamiento,
INTERSINDICAL CANARIA, ha pedido copia de las actas de las comisiones técnicas
donde se trato el tema y resulta que no existen, ante ello se plantean dos
situaciones, por un lado que la Comisión de Servicio por desplazamiento es
única y si se han de pernoctar dos noches, no se puede entender como tiempo de
descanso el que este fuera del juzgado y por otro lado si vista la
circunstancia a la administración le saldría mas rentable, afrontar un solo
desplazamiento p.ej por por tres días, o tres desplazamientos de un día.
2ª. Licencia
por asuntos propios de hasta 3
meses cada 2 años de servicio, desde la D.G.R.A.J. a preguntas de INTERSINDICAL
CANARIA, se insiste en que no se nombrara personal para cubrir las plazas que
estén disfrutando de esa licencia, no olvidemos que muchas de esas licencias
son para preparar las oposiciones en curso, antes por activa al entender que el
interino no tenia derecho a esa licencia y ahora por pasiva al no nombrar a
nadie durante ese periodo se esta dificultando la igualdad de derechos así como
la tan traída y llevada estabilidad de la plantilla, se queda nuevamente en
humo con mas impedimentos, por otra parte desde la administración se entiende
que los 2 años han de ser ininterrumpidos, sin entrar valorar los años de
antigüedad que se han podido estar generando.
Ante todo esto desde
INTERSINDICAL CANARIA, se ha solicitado que desde la D.G.R.A.J, se proceda a
dictar las resoluciones pertinentes, tanto en permisos, vacaciones o licencias,
aunque solo sea para poder recurrirlas.
3º Formación: ante las
repetidas quejas que nos vienen llegando respecto a la manera que tiene el
I.C.A.P. de gestionar la formación, que se remite un correo electrónico y que
si no lo aceptas en 48 horas se te da de baja del curso y adiós, señalaremos,
que esto no son formas de hacer las cosas, por un lado se quejan de deficiente
formación y por otro lado todo son palos en las ruedas de quien quiere
formarse, la comunicación se reduce al Email, sin que existan otros medios, no
hay siquiera un plazo para que el I.C.A.P., te conteste, en pocas palabras, si
el curso es en noviembre, tienes que estar de aquí a noviembre mirando todos
los días tu correo, da igual que estés de vacaciones, se te remitirá el Email
cuando El Señor en su infinita providencia lo decida, vamos una forma de hacer
las cosas que como poco calificamos de chapucera e inoperativa, quedando la
prelación y la preferencia para la realización de cualquier curso a expensas
que hayas abierto el correo ese día, por no hablar de la deficiente preparación
que han tenido la formación impartida con la nueva versión de Atlante, hay
cosas que para hacerlas así no se hacen.
4ª Subastas Electrónicas: la parte social formula la pregunta, de a quien
le corresponde la materialización de este trámite, toda vez que los Letrados de
la Administración han sido formados y el resto de funcionarios de la oficina
judicial no, sin que se nos diera una respuesta clara, si queremos hacer
constar y que lo entienda quien quiera, que las claves de acceso son personales
e intransferibles y que previa a la realización de cualquier tarea de este índole
debe impartirse una formación adecuada.