En el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, se establece lo siguiente:
HORARIO
El servicio de limpieza se realizará en días laborables de lunes a viernes fuera del horario habitual de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia, esto es a partir de las 15,30 horas.
Sin perjuicio de lo anterior ,y a los efectos de atender las necesidades específicas del Servicio de Guardia Permanente de los Partidos Judiciales que lo tengan asignado, el servicio de limpieza de las dependencias del Juzgado de Guardia se realizará también los sábados, domingos y festivos. Igualmente en relación a los Institutos de Medicina Legal de las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife, la zona de recepción de cadáveres y sala de autopsias de los mismos requerirá de la realización de un servicio especial para los sábados y domingos que sean necesarios motivado por el uso y utilización de los mismos.
Por lo que se está incumpliendo lo establecido en el ANEXO II Orden, limpieza y mantenimiento del RD. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de Trabajo (BOE de 23/04/1997), que establece lo siguiente:
Los lugares de trabajo, incluidos los locales de servicio, y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. A tal fin, las características de los suelos, techos y paredes serán tales que permitan dicha limpieza y mantenimiento.